Fiscalía venezolana informa resultados de investigación sobre fallecimiento de Víctor Hugo Quero Navas
La institución a través de un comunicado informa que el deceso del ciudadano Víctor Quero Navas fue causado por un tromboembolismo pulmonar

Caracas, 2 de jun. El Ministerio Público, a través de un comunicado, informó que el fallecimiento de Víctor Hugo Quero Navas, quien permanecía detenido en el Centro Penitenciario Rodeo I, fue causado por un tromboembolismo pulmonar.
En el texto, que detalla los resultados de la investigación penal ordenada por la Fiscalía General de la República el 7 de mayo y que fue ejecutada bajo la dirección de un Fiscal Nacional en materia de protección de derechos humanos, indicaron que el día 8 de mayo se realizó la exhumación y posterior autopsia del cadáver por parte del equipo médico forense adscrito a la Dirección de Apoyo a la Investigación Penal del Ministerio Público, acompañados por el Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses (SENAMECF), la Defensoría del Pueblo y familiares cercanos del señor Quero Navas, asistidos por su abogado de confianza.
Asimismo, indica el texto que el Ministerio Público detalló el proceso realizado y resaltó que todas las diligencias de investigación del caso se efectuaron de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal y los principios que rigen la investigación de muertes potencialmente ilícitas.
El Ministerio Público ratifica que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, continuará velando por el respeto y garantía de los derechos humanos en las cárceles y demás establecimientos de reclusión del país.
Texto íntegro del comunicado:
El Ministerio Público informa los resultados de la investigación penal desarrollada, bajo la dirección de un Fiscal Nacional en materia de protección de derechos humanos, en ocasión de la muerte del ciudadano Víctor Hugo Quero Navas, quien se encontraba privado de libertad en el Centro Penitenciario Rodeo I.
En fecha 8 de mayo de 2026, se realizó la exhumación y posterior autopsia del cadáver por parte del equipo médico forense adscrito a la Dirección de Apoyo a la Investigación Penal del Ministerio Público, acompañados por el Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses (Senamecf), la Defensoría del Pueblo y familiares cercanos del señor Quero Navas, asistidos por su abogado de confianza.
Luego de los estudios correspondientes, se evidenció una data de muerte aproximada de 10 meses a 1 año. La necropsia de ley, así como los estudios histológicos, toxicológicos y demás experticias complementarias, permitieron dictaminar que el deceso se produjo por un tromboembolismo pulmonar. No se evidenciaron lesiones traumáticas en el cadáver. En el desarrollo de parte de estas experticias se contó con el apoyo de establecimientos privados de salud del país.
Para la identificación y determinación de la identidad plena del cadáver, el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), a solicitud del Ministerio Público y conforme a parámetros científicos y estadísticos internacionales, realizó una experticia genética sobre una muestra correspondiente a restos de tejido óseo (fémur) del cadáver, así como sobre una muestra biológica en sangre obtenida de la señora Carmen Teresa Navas.
Como resultado de esta experticia, se obtuvo una filiación biológica con una probabilidad estadística estimada de 99,496%, lo que confirma que los restos exhumados corresponden al hijo biológico de la ciudadana Carmen Teresa Navas.
Adicionalmente, en el marco de la investigación penal, se recabaron múltiples elementos de convicción a través de inspecciones técnicas y fijaciones fotográficas a los lugares relacionados con el hecho, actas de entrevistas, levantamiento planimétrico, reconstrucción versada de los hechos, experticias de extracción de contenido de registros fílmicos, colección de historia clínica, entre otras.
Todas las diligencias de investigación del presente caso se desarrollaron, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal y los principios que rigen la investigación de muertes potencialmente ilícitas.
El Ministerio Público ratifica que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, continuará velando por el respeto y garantía de los derechos humanos en las cárceles y demás establecimientos de reclusión del país.
Caracas, 2 de junio de 2026





