ESPECIAL/ En Venezuela se cumplen 172 años de la abolición de la esclavitud
El 24 de marzo de 1854 el general José Gregorio Monagas, presidente de la República, firma el ejecútese de la Ley de Abolición de la Esclavitud en Venezuela, sancionada por el Congreso un día antes

El 24 de marzo de 1854 el general José Gregorio Monagas, presidente de la República, firma el ejecútese de la Ley de Abolición de la Esclavitud en Venezuela, sancionada por el Congreso un día antes.
El estigma de la esclavitud
Desde el establecimiento legal de la República el derecho a la libertad corporal de los negros traídos de África fue una deuda pendiente.
El 5 de julio de 1811 el Congreso de las Provincias Unidas de Venezuela declaró la Independencia del reino de España, y sancionó la primera Constitución en diciembre del mismo año.
Sin embargo, la República nació con el estigma de la esclavitud, pues los negros sometidos a la aberrante condición de esclavos desde el régimen colonial, continuaron siendo propiedad de un amo, odiosa herencia de la sociedad colonial que se mantuvo prácticamente intacta a pesar de la nueva condición republicana.
Los esclavos eran una propiedad comercial, no tenían derechos como ciudadanos, los vendían y compraban como ganado. Esa deuda social y política que el constituyente de 1811 no atendió, provocó la caída de la República en dos oportunidades.
Vale recordar, los 30.000 negros de Curiepe que se alzaron en armas contra la República en marzo de 1812, y los miles que engrosaron el ejército realista de Boves en 1813 y 1814 dando al traste con el proyecto republicano.
Bolívar: asimilar el contenido social de la Independencia
Durante su exilio en Haití, y atendiendo a las reflexiones del presidente Alejandro Petión de asumir la abolición de la esclavitud como una causa americana, el Libertador Simón Bolívar comenzó a asimilar que la Guerra de Independencia tenía un elemento social y racial que no había sido considerado con firmeza desde la creación de la República.
En 1814 en Carúpano y en 1816 en Ocumare, Bolívar emitió decreto y proclama aboliendo la esclavitud, para que los negros se alistaran en el Ejército Libertador obtuvieran la libertad sirviendo en las armas de la República.
Años más tarde en 1819, en el Discurso de instalación del Congreso de Angostura, nuevamente Bolívar exhortó al Poder Legislativo para asumir como una realidad la abolición.
En 1821 posterior al triunfo de la Batalla de Carabobo, Bolívar otorgó la libertad a los esclavos de sus propiedades, dándoles su apellido a todos. En los años de 1830 y 1848 el Congreso legisla en la materia, sin embargo la abolición de la esclavitud no fue un hecho consumado. Los rancios vestigios de la sociedad colonial permanecían vigentes y estaban materializados en la esclavitud y en el latifundio.
El inconveniente del proyecto de República liberal
Debemos recordar que estos dos elementos: lo social y racial, fueron las causas inmediatas de la Rebelión Campesina en 1846; otorgando a esta guerra civil un carácter verdaderamente revolucionario en materia social y económica en comparación con la Independencia; donde los magistrados no se atrevieron a dar el paso que la humanidad reclamaba a los libertadores: la abolición de la esclavitud, reconociendo la condición de ciudadanos a hombres y mujeres de raza africana.
En este proceso revolucionario fue protagonista el venezolano, General Ezequiel Zamora, quien lucho en dos oportunidades por establecer en Venezuela una República liberal.
Francisco de Miranda fue el fundador de la República; Simón Bolívar El Libertador ganó la guerra de Independencia, y Zamora protagonizó dos guerra civiles en 1846 y 1859, liderando al pueblo para establecer una República liberal en Venezuela.
Páez: se mantiene la dominación colonial
A partir de 1830 la Presidencia de la República de Venezuela la ejercieron los jefes militares que lideraron la Independencia; con excepción del gobierno de José María Vargas, entre 1835-1836.
El caudillo nacional del país fue el general José Antonio Páez, y su hegemonía la ejerció junto a un sector social, económico y político que la historiografía llama conservador, godo o paecista.
Las leyes y la administración tenían una tendencia a mantener el orden del país, dentro de los parámetros en los que todos eran ciudadanos, aunque bajo los estigmas de la sociedad colonial.
El latifundio y la esclavitud se mantuvieron intactos, solo que la propiedad de la tierra y los negros cambiaron de manos, aunque el instrumento de dominación colonial se mantenía intacto.
La autocracia liberal de los Monagas
A partir de 1848 se estableció en el país la primera autocracia liberal protagonizada por los hermanos y generales José Tadeo y José Gregorio Monagas, quienes se alternaron en el ejercicio de la Presidencia, formaron gabinetes con personajes miembros del Partido Liberal, y establecieron las reformas de corte liberal que la República necesitaba desde el inicio de la Independencia.
El 21 de abril de 1848, el Congreso sanciona la ley del 21 de julio de 1821 sobre sumisión. Este instrumento regula la figura de la esclavitud, que se consideraba vigente.
Entre los aspectos más relevantes están los siguientes: El artículo 2, establece la obligación de los dueños de esclavas a educar, vestir y alimentar a los hijos que éstas hayan tenido desde la promulgación de la ley de 21 de julio de 1821. El artículo 8, prohíbe la venta de esclavos fuera del territorio de Venezuela, o su extracción con objeto de venta. El artículo 9, prohíbe la introducción de esclavos en el territorio de la República. Se puede observar que, para ese año, aún estaba vigente la figura legal del esclavo como una propiedad.
Ley de Abolición de la Esclavitud en 1854
El 23 de marzo de 1854 el Congreso Nacional aprobó la Ley de Abolición de la esclavitud en Venezuela. Al día siguiente, el Presidente de la República José Gregorio Monagas firma el ejecútese al instrumento para entrar en vigencia.
El primer artículo de la ley establece sin eufemismos: “Queda abolida para siempre la esclavitud en Venezuela”. Así se liberan de una vez y para siempre las cadenas que estigmatizaron a los negros en el país.
Los tres siguientes artículos establecieron elementos fundamentales para la factibilidad de la medida:
“Artículo 2º. Cesa la obligación legal de prestación de servicios de los manumisos, quedando en pleno goce de su libertad y sometidos solo a la patria potestad o cualquiera otra dependencia de sus ascendientes como ingenuos.
Artículo 3º. Se prohíbe para siempre la introducción de esclavos en el territorio de la República, y los que sean introducidos contra esta prohibición, bajo cualquier pretexto, entrarán por el mismo hecho inmediatamente en el goce de su libertad.
Artículo 4º. Los dueños de esclavos serán indemnizados del valor que éstos tengan por la tarifa, o a juicios de facultativos en caso de enfermedad, con los fondos destinados o que se destinen al efecto y en justa proporción, recibiéndose en pago de contribuciones que por esta ley se establezcan, acreencias contra el fondo de indemnización”.
Pese que la Ley de Abolición de la Esclavitud, en la práctica terminó siendo una medida económica que benefició a los propietarios, que fueron indemnizados por cada esclavo que poseían, este instrumento de ley le otorgó la libertad corporal a un importante sector de la población, y constituyó un acto de justicia ante la humanidad.
Foto: Archivo
Fuente: MPPDP-RA





