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Presidente de México tiene prohibido opinar durante el proceso de revocación de mandato

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF, de México,  decidió que el presidente de la nación Andrés Manuel López Obrador, opine durante el proceso de revocación de su mandato.

De esta forma, el TEPJF, resolvió las impugnaciones presentadas por ciudadanos e integrantes del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y el Partido del Trabajo (PT) contra los lineamientos para la organización de la revocación de mandato que publicó el Instituto Nacional Electoral (INE).

«Es violatorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato que los lineamientos establezcan la posibilidad de que el presidente de la república ‘tenga derecho a opinar e informar acerca de la continuidad de su cargo”, expresó el TEPJF.

El organismo recordó que la ley define al INE como la única entidad con facultades para usar recursos públicos en la promoción de la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato.

Los magistrados Janine Otálora y Felipe de la Mata consideraron que el uso de la aplicación móvil para recabar el apoyo ciudadano a la consulta debe ser de uso exclusivo en zonas urbanas, centros de población, zonas metropolitanas y la megalópolis, mientras que en las zonas rurales deben permitirse los formatos impresos.

Además del presidente, ningún integrante del Gobierno de México puede influir en la opinión ciudadana durante el proceso, subrayó el Tribunal.

El acuerdo del TEPJF obliga al  Instituto Nacional Electoral, INE a, ajustar sus lineamientos a las disposiciones emitidas, que establecen también que las firmas de apoyo deben contar con facilidades en todo el país tanto en formatos físicos como electrónicos.

T/Spunik/LRDS

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