Venezuela

Parlamento venezolano aprueba en primera discusión la Ley de Sistemas de Cuidados para la Vida

Durante la sesión ordinaria de este jueves, la plenaria de la Asamblea Nacional aprobó por unanimidad y en primera discusión la Ley de Sistemas de Cuidados para la Vida.

La diputada socialista, María Rosa Jiménez, encargada de presentar este proyecto de Ley ante la Plenaria, explicó que el instrumento legal consta de tres capítulos, 20 artículos y una disposición final transitoria, para brindar protección a todas las personas dedicadas exclusivamente al cuido, el amor, la fraternidad, la responsabilidad, el compromiso y el acompañamiento de sus familiares y seres queridos como consecuencia de la edad, las condiciones físicas y limitaciones físicas o psicológicas.

El proyecto de Ley establece que el Estado venezolano asuma y reconozca las labores del cuido, como una  dinámica o labor que genera riquezas, que produce valor agregado, pero que también produce bienestar social, felicidad y contribuye al desarrollo de la economía familiar.

La diputada socialista, María Rosa Jiménez, encargada de presentar este proyecto de Ley ante la Plenaria, explicó que el instrumento legal consta de tres capítulos, 20 artículos y una disposición final transitoria, para brindar protección a todas las personas dedicadas exclusivamente al cuido

“Este proyecto de Ley se sustenta en el plan filosófico en el proyecto de emancipación y del proyecto de refundación de la Patria, en el Libro Azul, donde nuestro Comandante Chávez, recogió de manera extraordinaria tres fundamentos filosóficos: Robinson-Bolívar-Zamora, y dentro de ellos, un principio que caracteriza el sistema de protección de la Revolución Bolivariana: la capacidad de entreayudarnos y la capacidad de escucharnos y de dialogar para resolver nuestros problemas, para atender y para proteger al pueblo desde el propio pueblo organizado y la voluntad del Estado”, añadió.

El primer capítulo establece las disposiciones generales que define el objeto, fundamentos, finalidad, principios y definiciones.

“Esta Ley define los derechos de las cuidadoras y cuidadores, de esa persona que de manera invisible, en ocasiones no reconocida, se dedica entregando su vida, su propio bienestar, su propio desarrollo, sus propias condiciones como ser humano, al cuido de otra persona. Dentro de esos derechos, destaca el derecho al autocuido, el derecho a desarrollar su dinámica en condiciones óptimas y garantizadas; el derecho a la formación para ampliar los saberes y el conocimiento que desde el hecho empírico ha venido desarrollando esa mujer y ese hombre”, explicó.

También promueve el derecho a reconocer la actividad del cuido y que se le brinden mecanismo e instrumentos para el apoyo y el desarrollo psicosocial y psicoemocional a las actividades que desarrolle.

 

La Ley de Sistemas de Cuidados para la Vida plantea un conjunto de vértices para trabajo y la ejecución de las políticas en este sentido, especialmente en el ámbito popular y comunal.

La Ley de Sistemas de Cuidados para la Vida plantea un conjunto de vértices para trabajo y la ejecución de las políticas en este sentido, especialmente en el ámbito popular y comunal.

El segundo capítulo establece la creación del sistema de cuido, el registro de Cuidadores y Cuidadoras y la construcción de los Centros Comunales para el cuido de la Vida Humana y se incorpora el trabajo voluntario y colectivo como estrategia en esta labor.

El tercer capítulo establece las medidas de protección especial de las cuidadoras y cuidadores y la inamovilidad laboral para los cuidadores y cuidadoras.

La Radio del Sur 

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