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La AN sanciona Ley Orgánica de Coordinación y Armonización Tributarias

Presidente del Parlamento Jorge Rodríguez dijo que la norma pondrá orden en el pago de impuestos

La Asamblea Nacional (AN), aprobó, por mayoría calificada, en segunda discusión la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, con el objetivo de proteger al pueblo venezolano en cuanto al pago de los tributos en el territorio nacional.

El presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez, dijo que el instrumento legal «llega a poner orden y sobre todo a proteger al ciudadano y ciudadana de a pie, al joven emprendedor, a los comerciantes, a los empresarios a las alcaldesas y alcaldes, pero sobre todo beneficiará a las alcaldías de las pequeñas ciudades del país porque permitirá armonizar el pago de tributos en las Alcaldías y Estados».

Rodríguez pidió a los parlamentarios que “lleven esta ley para que sea discutida por todos, para que sea conocida, instrumentada por las alcaldesas y alcaldes, gobernadoras y gobernadores”, y los instó a no permitir que sea objeto de manipulación mediática, “por el contrario, entreguémosle a las ciudadanas y ciudadanos este poderoso instrumento que los protege de manera determinante”, subrayó.

Detalló que la norma “disminuye de hecho la cantidad de impuestos que van a  empezar a pagar las ciudadanas y los ciudadanos de los 335 municipios de Venezuela de los 23 estados del país”.

La ley establece rebajas, de al menos 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas industriales, comerciales, servicios y, de índole similar, a los contribuyentes que desarrollen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.

También señala la vigencia mínima de 3 años a las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas industriales, comerciales, servicios y de índole similar y su renovación procederá de manera automática cumpliendo lo que establece la norma en ese sentido.

La norma fija que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica industrial, comercial, servicio o de índole similar no podrá ser superior a un 3% de los ingresos brutos obtenidos. Igualmente, el mínimo tributario anual para este impuesto no podrá ser superior al equivalente en bolívares de 240 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

Excepcionalmente, la alícuota municipal de industria, comercio, servicio o de índole similar será de hasta 6.5% de los ingresos brutos obtenidos en los siguientes ramos: explotación de minas y canteras, servicio e industria petrolera, servicios de publicidad, venta de bebidas alcohólicas, entre otras.

Por su partes, el vicepresidente de la Comisión de Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional, diputado Nicolás Maduro Guerra, informó que la norma viene a generar el equilibrio macroeconómico necesario para seguir impulsando el país hacia la victoria próspera “que hemos enrumbado gracias al timonel del presidente Nicolás Maduro Moros».

Indicó que la ley está acompañada de un plan inmediato de aplicación, coordinado con el Ejecutivo Nacional, que permitirá generar más confianza al inversionista nacional e internacional.

«Vamos a tener un poco más de orden en los impuestos municipales y regionales», recalcó Maduro Guerra.

Honró el artículo 157, numeral 13, que faculta a legislar en la armonización de los impuestos estadales y municipales; y el artículo 187 numerales 1 y 6 que autoriza al Poder Legislativo a seguir legislando en favor de la economía del pueblo venezolano, lo que calificó como una victoria.

Se crea el Consejo Superior de Armonización Tributaria

 

El diputado Maduro Guerra detalló que con la ley se creará el Consejo Superior de Armonización Tributaria, instancia de participación y consulta para el desarrollo de las políticas orientadas a la armonización y coordinación del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios.

La instancia estará integrada por el ministro del Poder Popular con competencia en materia de Economía y Finanzas, quien lo presidirá; asimismo, por la máxima autoridad del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), tres gobernadores y tres alcaldes.

Se establece entre las atribuciones del Consejo Superior de Armonización Tributaria dar opinión, a solicitud del Ejecutivo Nacional, en relación con las medidas para la armonización y coordinación del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios. Además, puede proponer medidas que permitan favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales y reducir la evasión fiscal.

Entre las atribuciones del ministerio con competencia en materia de economía y finanzas figura el dictar actos que resulten necesarios para implementar las disposiciones de esta ley y convocar al Consejo Superior de Armonización Tributaria cuando existan razones que lo justifiquen.

La AN remitió el texto aprobado a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico.

T: Prensa AN/VTV/LRDS

 

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