Parlamento sanciona Ley de la Cruz Roja de Venezuela
El parlamentario señaló que tras más de 300 propuestas recibidas , la creación de esta ley visibiliza el esfuerzo humano de la institución

Caracas, 26 de febrero. Luego de aprobarse el proyecto en segunda discusión, por unanimidad, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley de la Cruz Roja Venezolana
Esta ley tiene como objetivo fundamental definir la Cruz Roja como un cuerpo moral de Derecho Público con un carácter especialísimo, reconociendo su trayectoria y naturaleza única en el país.
El diputado Jehyson Guzmán destacó que el instrumento legal es el resultado de un amplio despliegue de consulta pública en todo el territorio nacional.
Informó que, tras la aprobación de la primera propuesta, se realizó un trabajo conjunto con la junta directiva de la Cruz Roja, grupos de rescatistas voluntarios y órganos de atención y prevención, lo que permitió recibir más de 300 propuestas, logrando un consenso absoluto.
Proteger a quienes protegen
El parlamentario Guzmán subrayó que el espíritu de esta ley busca, fundamentalmente, proteger a quienes protegen.
Agregó que visibiliza, por primera vez, no solo la estructura formal de la institución, sino el esfuerzo humano de los voluntarios y rescatistas que han mantenido activa la Cruz Roja durante 131 años en el país.
Calificó la jornada como un hecho histórico para la paz y la humanidad en Venezuela, asegurando que la normativa cuenta con la voluntad política necesaria para favorecer a todos los ciudadanos y fortalecer la labor humanitaria en la Nación.
Movimientos Incluyentes
Esta ley, en sus primeros 5 artículos conceptualizan la acción humanitaria como el conjunto de medidas para prevenir y mitigar el sufrimiento humano, establece los componentes del movimiento, incluyendo el Comité Internacional, la Federación Internacional, la Conferencia Internacional y el Voluntariado, define el emblema de la Cruz Roja como un símbolo de protección y neutralidad, restringiendo su uso exclusivamente a los componentes del Movimiento, y ratifica la autonomía de la institución.
Unidad Institucional
Entre el artículo 6 al 9, se otorga a la Cruz Roja permiso legal para operar en todo el territorio nacional y firmar acuerdos directos con el Poder Popular y las gobernaciones, formaliza una alianza estratégica con Defensa Civil, definiéndola como la primera línea de respuesta del país para articular tareas de prevención y evaluación de riesgos y otorga a la institución un rol pedagógico formal en capacitación en primeros auxilios, salud sexual y cambio climático.
Además, la faculta para gestionar, ante el Consejo Nacional de Universidades, la creación de sus propias Instituciones de educación superior para formar profesionales de pregrado y postgrado en áreas humanitarias y establece su deber de auxiliar de forma neutral a los servicios médicos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en caso de conflictos.
Servicio a los castrenses
Entre los artículos 10 al 15, detalla que la Cruz Roja posee un patrimonio propio e independiente, nutrido de donaciones, legados y asignaciones del Estado, con la supervisión de la Contraloría General solo para fondos públicos, crea programas de ingreso rápido para expertos y personal especializado no humano (unidades caninas) en situaciones de desastre instruye a mantenerse en capacitación constante, y trabajar con ética y confidencialidad, además de consagrar una serie de incentivos históricos como compatibilidad total con cualquier cargo.
Refiere que los voluntarios también gozarán de acceso prioritario a planes de vivienda de interés social y subsidios del Estado.
Finalmente, la Ley incluye disposiciones transitorias para garantizar una transición ordenada. La Primera Disposición Transitoria advierte que el uso indebido del emblema será evaluado bajo el Código Penal por usurpación de funciones.
La Segunda Disposición Transitoria garantiza el paso franco y la máxima facilidad de tránsito para el personal humanitario y equipos de socorro en zonas afectadas, eliminando obstáculos aduaneros o migratorios durante las crisis.
Fuente: Prensa Asamblea Nacional
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