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Parlamento sanciona Ley de la Cruz Roja de Venezuela

El parlamentario señaló que tras más de 300 propuestas recibidas , la creación de esta ley visibiliza el esfuerzo humano de la institución

‎Caracas, 26 de febrero. Luego de aprobarse el proyecto en segunda discusión, por unanimidad, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley de la Cruz Roja Venezolana

‎Esta ley tiene como objetivo fundamental definir la Cruz Roja como un cuerpo moral de Derecho Público con un carácter especialísimo, reconociendo su trayectoria y naturaleza única en el país.

‎El diputado Jehyson Guzmán destacó que el instrumento legal es el resultado de un amplio despliegue de consulta pública en todo el territorio nacional.

‎Informó que, tras la aprobación de la primera propuesta, se realizó un trabajo conjunto con la junta directiva de la Cruz Roja, grupos de rescatistas voluntarios y órganos de atención y prevención, lo que permitió recibir más de 300 propuestas, logrando un consenso absoluto.

‎Proteger a quienes protegen

‎El parlamentario Guzmán subrayó que el espíritu de esta ley busca, fundamentalmente, proteger a quienes protegen.

‎Agregó que visibiliza, por primera vez, no solo la estructura formal de la institución, sino el esfuerzo humano de los voluntarios y rescatistas que han mantenido activa la Cruz Roja durante 131 años en el país.

‎Calificó la jornada como un hecho histórico para la paz y la humanidad en Venezuela, asegurando que la normativa cuenta con la voluntad política necesaria para favorecer a todos los ciudadanos y fortalecer la labor humanitaria en la Nación.

‎Movimientos Incluyentes

‎Esta ley, en sus primeros 5 artículos conceptualizan la acción humanitaria como el conjunto de medidas para prevenir y mitigar el sufrimiento humano, establece los componentes del movimiento, incluyendo el Comité Internacional, la Federación Internacional, la Conferencia Internacional y el Voluntariado, define el emblema de la Cruz Roja como un símbolo de protección y neutralidad, restringiendo su uso exclusivamente a los componentes del Movimiento, y ratifica la autonomía de la institución.

‎Unidad Institucional

‎Entre el artículo 6 al 9, se otorga a la Cruz Roja permiso legal para operar en todo el territorio nacional y firmar acuerdos directos con el Poder Popular y las gobernaciones, formaliza una alianza estratégica con Defensa Civil, definiéndola como la primera línea de respuesta del país para articular tareas de prevención y evaluación de riesgos y otorga a la institución un rol pedagógico formal en capacitación en primeros auxilios, salud sexual y cambio climático.

‎Además, la faculta para gestionar, ante el Consejo Nacional de Universidades, la creación de sus propias Instituciones de educación superior para formar profesionales de pregrado y postgrado en áreas humanitarias y establece su deber de auxiliar de forma neutral a los servicios médicos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en caso de conflictos.

‎Servicio a los castrenses

‎Entre los artículos 10 al 15, detalla que la Cruz Roja posee un patrimonio propio e independiente, nutrido de donaciones, legados y asignaciones del Estado, con la supervisión de la Contraloría General solo para fondos públicos, crea programas de ingreso rápido para expertos y personal especializado no humano (unidades caninas) en situaciones de desastre instruye a mantenerse en capacitación constante, y trabajar con ética y confidencialidad, además de consagrar una serie de incentivos históricos como compatibilidad total con cualquier cargo.

Refiere que los voluntarios también gozarán de acceso prioritario a planes de vivienda de interés social y subsidios del Estado.

‎Finalmente, la Ley incluye disposiciones transitorias para garantizar una transición ordenada. La Primera Disposición Transitoria advierte que el uso indebido del emblema será evaluado bajo el Código Penal por usurpación de funciones.

‎La Segunda Disposición Transitoria garantiza el paso franco y la máxima facilidad de tránsito para el personal humanitario y equipos de socorro en zonas afectadas, eliminando obstáculos aduaneros o migratorios durante las crisis.

‎Fuente: Prensa Asamblea Nacional

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