La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, habilitó al ciudadano Leocenis García, para el ejercicio de funciones públicas, tras haber impuesto una demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo contra el acto administrativo Nro. 01-00-571 de fecha 31.8.2021, así lo dio a conocer el máximo tribunal a través de su página web.
Asimismo, la Sala Político Administrativa del TSJ anunció la habilitación del ciudadano Richard Miguel Mardo, para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar.
La oposición pide se revise la decisión del @TSJ_Venezuela sobre la ratificación de las inhabilitaciones y el Gobierno de Venezuela dijo: cosa juzgada.
El siguiente paso es nombra una comisión de verificación y decidir sobre el cronograma electoral.
Así lo contamos. pic.twitter.com/y0LHJcBv1s
— Madelein Garcia (@madeleintlSUR) January 27, 2024
Otros funcionarios habilitados
En la sentencia se detalla el recurso de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar que fue interpuesto por Mardo, por las presuntas actuaciones materiales ejercidas por la Contraloría General de la República y el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Mardo, era representante del partido de oposición Primero Justicia-Aragua y en 2011 ejerció el cargo de diputado a la Asamblea Nacional (AN). Cabe recordar que los acuerdos parciales suscritos el pasado 17 de octubre en la ciudad de Bridgetown, en Barbados, se refieren a la promoción de derechos políticos y garantías adicionales para todos, y la protección de los intereses vitales de la nación.
El primer acuerdo parcial sobre promoción de derechos políticos y garantías adicionales se expresó en atención al memorando de entendimiento suscrito en México el 13 de agosto de 2021, y en seguimiento de los lineamientos de la Constitución Bolivariana y demás leyes del país para acordar las condiciones necesarias para que se llevan a cabo los procesos electorales con todas las garantías.
Es importante mencionar que, Leocenis García fue acusado de legitimación de capitales en el año 2014, cuando la fiscalía alegó que recibió fondos del expresidente Uribe con el propósito de desestabilizar el gobierno a través de su medio de comunicación, 6to Poder.
En el caso de Richard Mardo, fue inhabilitado políticamente por no presentar ante la Contraloría del estado Aragua, su declaración jurada de patrimonio lo cual es considerado un delito, además de ser parte del grupo promotor de violencia en las guarimbas que hubo en el país.
Acciones que cumplen con los mecanismos establecidos
De igual manera, el alto juzgado informó que Daniel Omar Ceballos Morales quedó habilitado para ejercer funciones públicas, acción que cumple con el mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados de fecha 17 de octubre de 2023.
Entretanto, el ciudadano Pablo Pérez Álvarez también fue habilitado para el ejercicio de funciones públicas, luego de que la Sala Político Administrativa del TSJ decidiera suspender los efectos de la inhabilitación que le había sido impuesta por 10 años como sanción en junio de 2015.
T/VTV/LRDS