
La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia arrancó el 2022 con una decisión histórica, declaró el estado de cosas inconstitucional a un punto de la implementación del Acuerdo de Paz con la antigua guerrilla de las Farc. Con una votación de cinco contra cuatro magistrados, la Corte les dio la razón a los excombatientes de todo el país que interpusieron ocho tutelas separadas en las que alegaban una falta de garantías de seguridad en los territorios, entre otros incumplimientos al Acuerdo por parte del Estado.
Para tomar esta decisión, el alto tribunal estudió la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, revelada por este diario en agosto pasado, en la que aclaró que existe una violación masiva del Acuerdo de Paz, por cuanto los firmantes no tienen garantías de seguridad y están siendo asesinados sin que el Estado haga algo.
La decisión conocida este jueves 27 de enero, tras más de seis horas de Sala, da cuenta que se deben adoptar órdenes encaminadas a garantizar la ejecución de los programas de protección y seguridad de los excombatientes, los miembros del partido Comunes y sus familias y líderes. Estas órdenes fueron respaldadas, algunas por unanimidad y otras por amplia mayoría. La votación quedó así: a favor los magistrados, Antonio José Lizarazo, Alejandro Linares, Cristina Pardo, Diana Fajardo y José Fernando Reyes; en contra los magistrados Gloria Ortiz, Paola Meneses, Alberto Rojas y Jorge Enrique Ibáñez, este último estuvo de acuerdo con todas las órdenes impartidas, salvo que se declarara el estado de cosas inconstitucional (ECI).
“La Corte Constitucional, además, considerando el alto número de firmantes del Acuerdo final de Paz que han sido víctimas de homicidio y el bajo nivel de implementación de las normas sobre garantías de seguridad para los desmovilizados, también decidió declarar el estado de cosas inconstitucional y expedir órdenes estructurales generales para el cumplimiento de lo establecido en las normas del Acuerdo en lo relativo a las garantías de seguridad”, dijo la magistrada Pardo.
T/ El Espectador/ LRDS